1.     13  De acuerdo a la capacitación sobre el Alcance del control social y/o consulte en la página de la Alcaldía de Puente Aranda las siguientes preguntas y con sus respuestas elabore un mapa mental:
a)       ¿Cuáles son y explique el funcionamiento de los mecanismos de participación ciudadana?
b)      ¿Cuál es el procedimiento que deben seguir los ciudadanos para hacer uso de los mecanismos de participación ciudadana?
c)       ¿Qué es, para qué sirve y qué acciones se pueden ejercer para ejecutar el control social?
d)      ¿Cuáles son los mecanismos para tener información y para intervenir ante los riesgos de la gestión pública (explíquelos)
e)      ¿Cuál es la estructura y funciones del Consejo de Planeación Local?




a)       ¿Cuáles son y explique el funcionamiento de los mecanismos de participación ciudadana?

·         Iniciativa popular y Normativa: Derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyectos de estado legislativo y de ley. 

·         Referendo: Convocatoria que hace el pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica. 

·         Consulta popular: Institución la cual pregunta sobre un tema de carácter nacional a consideración del pueblo.

·         Revocatoria de mandato: Derecho político de los ciudadanos para dar por terminado el mandato de un gobernante.

·         Plebiscito: Pronunciamiento del pueblo convocado por el presidente mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del ejecutivo.


b)      ¿Cuál es el procedimiento que deben seguir los ciudadanos para hacer uso de los mecanismos de participación ciudadana?

El Derecho de Petición La Constitución nos faculta a los ciudadanos para que presentemos peticiones a las autoridades y ante organizaciones privadas. Este derecho se puede ejercer cuando lo que estamos preguntando o solicitando nos interesa en forma particular o a todos los ciudadanos.

Artículo 23 Toda persona  tiene derecho  a  presentar peticiones respetuosas a  las autoridades por  motivos de  interés general o  particular  y a obtener pronta resolución.  El legislador podrá  reglamentar su ejercicio  ante  organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.



Características del Derecho de Petición.

Los ciudadanos debemos tener  en  cuenta que  el Derecho de Petición  es fundamental y determinante para la  efectividad de  los mecanismos de la  democracia  participativa.  Además,  porque  mediante éste  se  garantizan  otros derechos constitucionales, como los derechos a la  información,  a  la  participación política y a la libertad de expresión.  

No olvide que el Derecho de Petición puede ser en interés general, en interés particular, de información y de consulta. 



Términos para resolver un Derecho de Petición en el MEN.

Teniendo  en  cuenta la clase de  petición  que usted haga, ésta  deberá  ser resuelta dentro de los siguientes plazos:  ­  

-Peticiones de interés general o particular. Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fechas de su radicación.  ­  

-Consultas. Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha  de su radicación.  ­  -Peticiones que se realicen con el propósito de consultar u obtener  documentos que reposen  en los  archivos de  la  entidad. Dentro de  los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su radicación.  

c)       ¿Qué es, para qué sirve y qué acciones se pueden ejercer para ejecutar el control social?

    Que es: Es el derecho que tienen todos los ciudadanos para vigilar, fiscalizar y contribuir a la mejora de la gestión pública.
    Para que sirve: Prevenir los riesgos y los hechos de corrupción en la gestión pública; Fortalecer la participación ciudadana para hacer un buen manejo de asuntos públicos.
     Acciones para ejecutar el control social: 

     Veedurías ciudadanas (Ley 850 de 2003)

      Juntas de Vigilancia (Ley 454 de 1988)

       Comités de Desarrollo de control social de los Servicios Públicos Domiciliarios (Ley 142 de 1994)

           Auditorias Ciudadanas  

           Otras instancias de participación ciudadana.




d)      ¿Cuáles son los mecanismos para tener información y para intervenir ante los riesgos de la gestión pública (explíquelos)

Informe de PQR denuncias y solicitudes

El sujeto obligado debe publicar un informe de todas las peticiones, quejas, reclamos, denuncias y solicitudes de acceso a la información recibidas y los tiempos de respuesta relacionados, junto con un análisis resumido de este mismo tema. El sujeto obligado debe definir la periodicidad de publicación de este informe e indicarla en su esquema de publicación de información.



Específicamente respecto de las solicitudes de acceso a información pública, el informe debe discriminar la siguiente información mínima:



a.       El número de solicitudes recibidas.

b.       El número de solicitudes que fueron trasladadas a otra institución.

c.     El tiempo de respuesta a cada solicitud.

d.    El número de solicitudes en las que se negó el acceso a la información.



Los sujetos obligados de la Ley 1712 de 2014, que también son sujetos de la Ley 190 de 1995, podrán incluir los informes de solicitudes de acceso a la información a que se refiere el presente artículo, en los informes de que trata el artículo 54 de la Ley 190 de 1995.


e)      ¿Cuál es la estructura y funciones del Consejo de Planeación Local?

Estructura:

     Asociaciones de padres de familia
    Rectores de establecimientos educativos públicos o privados
    Organizaciones industriales
    Organizaciones no gubernamentales
    Asociación de Juntas de Acción Comunal
    Organizaciones juveniles
    Organizaciones de comerciantes
    Organizaciones ambientales
    Organizaciones de mujeres
    Organizaciones culturales
    Organizaciones profesionales
    Gerentes de establecimientos de salud pública o privada en la localidad
    Organizaciones Deportivas
    Organizaciones de tercera edad
    Organizaciones Universitarias 
    Organizaciones de Microempresarios.


Funciones:

    Diagnosticar y priorizar las necesidades de la localidad.
    Proponer alternativas de solución a las necesidades estructurales y sectoriales de la localidad.
    Analizar y discutir el proyecto del Plan de Desarrollo Local.
    Organizar, promover y coordinar una amplia discusión sobre el proyecto del Plan de Desarrollo Local, mediante la organización de foros informativos, seminarios, talleres y audiencias públicas, encuentros ciudadanos, u otros mecanismos, con el fin de garantizar eficazmente la participación ciudadana.
    Ejercer el seguimiento a la ejecución del Plan de Desarrollo Local, elaborado por el Alcalde Local.
    Evaluar los informes presentados por el Alcalde Local, de conformidad con lo estipulado en el presente Acuerdo.
    Formular recomendaciones sobre el contenido del Plan de Desarrollo Local, elaborado por el Alcalde Local, en concordancia con la concertación realizada en los Encuentros Ciudadanos.

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