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De acuerdo a la capacitación sobre el Alcance
del control social y/o consulte en la página de la Alcaldía de Puente Aranda
las siguientes preguntas y con sus respuestas elabore un mapa mental:
a) ¿Cuáles
son y explique el funcionamiento de los mecanismos de participación ciudadana?
b) ¿Cuál
es el procedimiento que deben seguir los ciudadanos para hacer uso de los
mecanismos de participación ciudadana?
c) ¿Qué
es, para qué sirve y qué acciones se pueden ejercer para ejecutar el control
social?
d) ¿Cuáles
son los mecanismos para tener información y para intervenir ante los riesgos de
la gestión pública (explíquelos)
e) ¿Cuál
es la estructura y funciones del Consejo de Planeación Local?
a) ¿Cuáles son y explique el funcionamiento de los mecanismos de participación ciudadana?
· Iniciativa popular y Normativa: Derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar proyectos de estado legislativo y de ley.
· Referendo: Convocatoria que hace el pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica.
· Consulta popular: Institución la cual pregunta sobre un tema de carácter nacional a consideración del pueblo.
· Revocatoria de mandato: Derecho político de los ciudadanos para dar por terminado el mandato de un gobernante.
· Plebiscito: Pronunciamiento del pueblo convocado por el presidente mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del ejecutivo.
b) ¿Cuál es el procedimiento que deben seguir los ciudadanos para hacer uso de los mecanismos de participación ciudadana?
El Derecho de Petición La Constitución nos faculta a los ciudadanos para que presentemos peticiones a las autoridades y ante organizaciones privadas. Este derecho se puede ejercer cuando lo que estamos preguntando o solicitando nos interesa en forma particular o a todos los ciudadanos.
Artículo 23 Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.
Características del Derecho de Petición.
Los ciudadanos debemos tener en cuenta que el Derecho de Petición es fundamental y determinante para la efectividad de los mecanismos de la democracia participativa. Además, porque mediante éste se garantizan otros derechos constitucionales, como los derechos a la información, a la participación política y a la libertad de expresión.
No olvide que el Derecho de Petición puede ser en interés general, en interés particular, de información y de consulta.
Términos para resolver un Derecho de Petición en el MEN.
Teniendo en cuenta la clase de petición que usted haga, ésta deberá ser resuelta dentro de los siguientes plazos:
-Peticiones de interés general o particular. Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fechas de su radicación.
-Consultas. Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de su radicación. -Peticiones que se realicen con el propósito de consultar u obtener documentos que reposen en los archivos de la entidad. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su radicación.
c) ¿Qué es, para qué sirve y qué acciones se pueden ejercer para ejecutar el control social?
Que es: Es el derecho que tienen todos los ciudadanos para vigilar, fiscalizar y contribuir a la mejora de la gestión pública.
Para que sirve: Prevenir los riesgos y los hechos de corrupción en la gestión pública; Fortalecer la participación ciudadana para hacer un buen manejo de asuntos públicos.
Acciones para ejecutar el control social:
Veedurías ciudadanas (Ley 850 de 2003)
Juntas de Vigilancia (Ley 454 de 1988)
Comités de Desarrollo de control social de los Servicios Públicos Domiciliarios (Ley 142 de 1994)
Auditorias Ciudadanas
Otras instancias de participación ciudadana.
d) ¿Cuáles son los mecanismos para tener información y para intervenir ante los riesgos de la gestión pública (explíquelos)
Informe de PQR denuncias y solicitudes
El sujeto obligado debe publicar un informe de todas las peticiones, quejas, reclamos, denuncias y solicitudes de acceso a la información recibidas y los tiempos de respuesta relacionados, junto con un análisis resumido de este mismo tema. El sujeto obligado debe definir la periodicidad de publicación de este informe e indicarla en su esquema de publicación de información.
Específicamente respecto de las solicitudes de acceso a información pública, el informe debe discriminar la siguiente información mínima:
a. El número de solicitudes recibidas.
b. El número de solicitudes que fueron trasladadas a otra institución.
c. El tiempo de respuesta a cada solicitud.
d. El número de solicitudes en las que se negó el acceso a la información.
Los sujetos obligados de la Ley 1712 de 2014, que también son sujetos de la Ley 190 de 1995, podrán incluir los informes de solicitudes de acceso a la información a que se refiere el presente artículo, en los informes de que trata el artículo 54 de la Ley 190 de 1995.
e) ¿Cuál es la estructura y funciones del Consejo de Planeación Local?
Estructura:
Asociaciones de padres de familia
Rectores de establecimientos educativos públicos o privados
Organizaciones industriales
Organizaciones no gubernamentales
Asociación de Juntas de Acción Comunal
Organizaciones juveniles
Organizaciones de comerciantes
Organizaciones ambientales
Organizaciones de mujeres
Organizaciones culturales
Organizaciones profesionales
Gerentes de establecimientos de salud pública o privada en la localidad
Organizaciones Deportivas
Organizaciones de tercera edad
Organizaciones Universitarias
Organizaciones de Microempresarios.
Funciones:
Diagnosticar y priorizar las necesidades de la localidad.
Proponer alternativas de solución a las necesidades estructurales y sectoriales de la localidad.
Analizar y discutir el proyecto del Plan de Desarrollo Local.
Organizar, promover y coordinar una amplia discusión sobre el proyecto del Plan de Desarrollo Local, mediante la organización de foros informativos, seminarios, talleres y audiencias públicas, encuentros ciudadanos, u otros mecanismos, con el fin de garantizar eficazmente la participación ciudadana.
Ejercer el seguimiento a la ejecución del Plan de Desarrollo Local, elaborado por el Alcalde Local.
Evaluar los informes presentados por el Alcalde Local, de conformidad con lo estipulado en el presente Acuerdo.
Formular recomendaciones sobre el contenido del Plan de Desarrollo Local, elaborado por el Alcalde Local, en concordancia con la concertación realizada en los Encuentros Ciudadanos.
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